¿Se puede instalar un ascensor si solo lo quiere un vecino?

¿Se puede instalar un ascensor si solo lo quiere un vecino?

Muchos son los proyectos de instalación de ascensores que ni siquiera vieron la luz porque alguien pensó que no se lograría en consenso necesario. Pues bien, la pregunta que da tema a nuestra entrada persiste ¿se puede o no?

La respuesta simple es … en Cataluña SI, se puede. La legislación vigente permite, si se cumplen algunos requisitos, que la comunidad de propietarios acometa y financie su parte en la puesta en marcha de un ascensor incluso aunque la mayoría, o todos, se opongan.

La Ley de Propiedad Horizontal, tras la reforma operada en junio de 2013 (actualmente vigente) establece en su artículo 10.1 b), lo siguiente:

” Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, … las siguientes actuaciones: b) las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, …, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.”

Resumiendo, la Ley establece como principio general que la instalación de un ascensor a petición de un solo propietario, tendrá carácter obligatorio para la comunidad, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que el solicitante sea un propietario con discapacidad o mayor de 70 años.
  • Que, en dicha vivienda, vivan, trabajen o presten servicios voluntarios personas con discapacidad o mayores de 70 años.
  • Que los gastos de la obra de instalación del ascensor que tiene que pagar cada propietario (derrama) no exceda de 12 mensualidades de cuota ordinaria de gastos comunes.

Si se dan los anteriores requisitos la instalación de un ascensor a petición de un solo propietario es de obligado cumplimiento y el coste de las obras debe ser asumido por la entera comunidad.

¿Qué ocurre si el coste de las obras que se van a repercutir excede de doce mensualidades? Todavía se llevaría a cabo el proyecto si la Junta de Propietarios lo aprueba por mayoría simple y la totalidad de la Comunidad asumiría el coste. Aun si la Comunidad rechaza la petición del propietario, también sería obligatoria la ejecución de las obras si el propietario solicitante asume la diferencia del coste de la instalación del ascensor personalmente.

SÍGUENOS EN LAS REDES

ATENCIÓN TELEFÓNICA 24H

SOLICITA INFORMACIÓN

OTRAS NOTICIAS

CONSÚLTANOS TU CASO

Te informamos sobre tus opciones disponibles en sistemas de elevación.
Precio ajustado a tus necesidades reales.